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¿Para qué sirve un poder #notarial?

  • Foto del escritor: Gabriel Suárez Coello
    Gabriel Suárez Coello
  • 2 ago 2018
  • 1 Min. de lectura

Actualizado: 18 ago 2018

Estar en 2 lugares al mismo tiempo parece imposible, pero legalmente no lo es.

Si utilizamos un documento llamado “PODER” con el cual una persona acredita la autorización de otra -a quien representa- y como consecuencia de ello, lo que haga, utilizando esa representación recaerá en su representado o persona que le otorgó el documento.


El denominado “PODER” puede ser, tanto:


1.- una carta poder;

2.- como un “poder notarial”.


La carta poder, puede conseguirse en cualquier papelería.

Generalmente una carta poder da al representante la autoridad de obrar en nombre del interesado solamente con respecto a asuntos muy específicos.

Cuando se trate de un “poder notarial”, el interesado deberá acudir a la notaría de su confianza con su identificación.

Los poderes tienen tres facultades básicas:


1.- Pleitos y Cobranzas:


Con lo cual puede “el apoderado” llevar a cabo toda clase de trámites judiciales;


2.- Actos de Administración:


Con las cuales puede llevar a cabo toda clase de actos administrativos sobre los bienes de su “poderdante”, inclusive que impliquen la protección de dichos bienes (incluye las facultades de pleitos y cobranzas); y,


3.- Actos de Dominio:


Con las cuales puede “el apoderado” actuar con todas las facultades de dueño, que también incluyen automáticamente las facultades de pleitos y cobranzas como la de actos de administración.


Límites:


La carta poder es útil, sin embargo hay límites por ejemplo:


• La carta poder no le da al representante el poder de tomar decisiones contra la voluntad del interesado.



• La carta poder pierde su vigencia cuando el representante sabe que el interesado ha muerto.

 
 
 

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Coello's y Asociados - Despacho Juridico

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